martes, 26 de mayo de 2009

CONTINUAN LAS NEGOCIACIONES

Tras cinco meses negociando desde la Sección Sindical de CC.OO de Tragsatec, en solitario sin la participación ni presencia de ninguna otra organización sindical, la continuidad de los trabajadores y trabajadoras de los proyectos de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir transferidos a la Agencia Andaluza del Agua, el trabajo realizado va dando sus frutos.

Se puede decir que actualmente las conversaciones entre la Sección Sindical de CC.OO de Tragsatec y Egmasa son fluidas, estableciéndose un Protocolo de actuación para darle la mayor universalidad y transparencia posible a procesos de selección y traspaso del personal para cada puesto ofertado.

El protocolo consiste en que Recursos Humanos de Egmasa nos envía la relación de los puestos ofertados por la Agencia Andaluza del Agua y nosotros remitimos los curriculum y resto de la documentación que habéis enviado a la Sección Sindical de CC.OO de Tragsatec, para cada puesto ofertado.

Todas estas gestiones han provocado una nueva oferta por parte de Egmasa de 75 nuevos puestos a cubrir, a sumar a los 54 ya contratados.

A título aclaratorio, Egmasa nos confirma que nadie de su estructura (salvo del dpto. de personal) está autorizado/a a pedir directamente la información a los trabajadores/as de Tragsatec afectados, puesto que quieren ser coherentes con el mecanismo negociado con este Sindicato.

Se os envía puestos que aún faltan por cubrir para que quien esté interesado se ponga en contacto mediante correo electrónico a la mayor brevedad posible con nosotros para darnos traslado de su currículo, nómina y la vida laboral y gestionarlo con Egmasa. Estos puestos son: con Egmasa. Estos puestos son:

miércoles, 6 de mayo de 2009

NUEVO PERMISO RETRIBUÍDO: ACOMPAÑAMIENTO AL MÉDICO DE PERSONAS DEPENDIENTES

Desde el 3 de marzo de este año, como resultado de las negociaciones realizadas con la empresa, el acompañamiento al médico de hijos menores de edad y familiares dependientes será un permiso retribuído durante el tramo horario de jornada obligatoria.
A los efectos de determinar que el familiar es dependiente, se considerará que existe dicha "dependencia" conforme se define en el Art. 2.2 de la Ley 39/2006 de 14 de diciembre.
Para la justificación de la incidencia deberá presentarse certificado médico de la visita, donde conste la hora, fotocopia del libro de familia y en el caso de familiar dependiente el certificado oficial que conforme a la ley 39/2006 se emite por el organismo correspondiente. (Acta nº31 3/03/2009)