martes 3 de noviembre de 2009

SITUACIÓN ACTUAL DE LOS PLIEGOS DE TRAGSATEC QUE SE ENCUENTRAN AFECTADOS POR LAS TRANSFERENCIAS DE LAS COMPETENCIAS EN MATERIA DE AGUAS A LA AAA

Dentro del proceso de negociación entre CCOO y la administración os informamos que a fecha 27 de Octubre tuvo lugar una reunión de representantes CCOO Andalucia y la Agencia Andaluza del Agua.
Los puntos centrales de la reunión fueron la situación presente y futura del personal que trabaja con Tragsatec en contratos de asistencias técnicas para la Agencia Andaluza del Agua y por otra parte el personal de Tragsatec que está en situación de desempleo tras las transferencias de las competencias.
Con respecto al primer punto, el gerente de la A.A.A. ha informado que tras haber mantenido conversaciones con la Consejería de Medio Ambiente y con la empresa pública de la Junta, Egmasa, la intención es que el trabajo que está ejecutando actualmente Tragsatec para la Agencia Andaluza del Agua tenga solución de continuidad. Respecto al segundo aspecto, el compromiso es intentar reubicar al personal en paro en la empresa Egmasa, aunque pone de manifiesto la dificultad existente ya que la empresa sostiene que hay personas que no dan el perfil o que el trabajo que realizaban ya no subsiste.
Desde Comfia CCOO , esta reunión se valora positivamente, ya que el compromiso alcanzado a un alto nivel institucional es importante.

Por otra parte, aprovechando la oportunidad de una reunión con el Delegado Autonómico del Grupo Tragsa que pudo mantener esta Sección Sindical de CCOO de Tragsatec Sevilla a fecha 28 de Octubre, se abordó la situación de este colectivo con la información que disponíamos de la anterior reunión. Siguiendo con nuestra línea de trabajo y a la vista de los análisis que hemos realizado sobre las citadas circunstancias citadas, volvimos a solicitar por escrito la valoración de la Dirección Autonómica sobre la continuidad de estas asistencias técnicas con Tragsatec una vez finalizados las mismas y en cuanto a los proyectos que ya se tiene conocimiento de que no continuaran, las posibilidades que existan de reubicar al personal en otros proyectos, atendiendo a las expectativas de trabajo de la empresa.
El Delegado nos transmitió que la situación de las asistencias no difiere mucho de la que nos encontrábamos en fechas similares el año pasado aunque sí por circunstancias distintas; la Gerencia de la Agencia Andaluza del Agua ha mostrado su interés en que continúen los trabajos con Tragsatec, siendo este año el gran problema el tema presupuestario, debido a la situación de crisis general y la descentralización del trabajo.
Con respecto a los compañeros de Tragsatec de estas asistencias finalizadas que se encuentran en situación de desempleo, la sección sindical de CCOO recordó el compromiso de reubicación que tenía la empresa y la existencia de nuevos contratos con personal externo a la empresa para desempeñar trabajos que a nuestro juicio se podrían haber tenido en cuenta estos trabajadores; en este sentido el Delegado nos indico que le remitiéramos el listado que disponíamos de las personas pendientes de reubicar para tratar de priorizar la incorporación a otros proyectos de este colectivo lo más posible.
Aunque el mensaje del Delegado Autonómico no ofrece unas totales garantías de continuidad en el desarrollo de los trabajos ni la reubicación total de los compañeros que han finalizado las asistencias, como viene siendo la actitud habitual de la empresa con respecto a este conflicto, esperamos que la buena intención manifestada por la Agencia Andaluza del Agua sea la que finalmente prime para garantizar el empleo de los trabajadores adscritos a sus asistencias.

miércoles 21 de octubre de 2009

ACUERDO DE ESTABILIDAD EN EL EMPLEO EN TRAGSATEC


Tras la última solución negociada con la Dirección de la empresa para el cierre del Acuerdo de Estabilidad en el empleo en Tragsatec para el año 2.008, en la que se contemplaba que los conceptos de cambio de unidad organizativa y cambio geográfico no se admiten para su consideración como cambio de puesto para el año 2.009, en el pasado mes de septiembre se procedieron a convertir a los 89 trabajadores que cumplían con los requisitos de la Ley 43 de 2.006 a fecha 31de diciembre de 2.008.
Según la última reunión mantenida en Madrid a fecha 1 de Octubre de 2.009 sobre este asunto, se nos han suministrado los datos relativos a las plantillas realizadas a fecha de octubre con 113 trabajadores convertidos a indefinidos por la aplicación de la Ley de las 444 conversiones previstas para este año 2.009, por lo que quedarían 331 trabajadores para proceder a su conversión de contrato.
En este sentido, también se ha solicitado una relación de los trabajadores que cumplen los requisitos de la Ley a fecha presente para volver a comprobar los datos de cara a las conversiones que se producirán en el mes de Diciembre para el año 2.009. Nuestra previsión es que con el número pendiente de trabajadores a convertir no se superarán los porcentajes acordados en la primera fase (cumplimiento de la Ley 43/2006) en este ejercicio, por lo que procederemos a presentar documentación de los compañeros que entren en la segunda fase del acuerdo que se cita:

2ª Fase: Si tras realizar las conversiones referidas en la fase anterior (cumplimiento de la Ley) no se hubiera alcanzado el porcentaje acordado para cada ejercicio, se procederá a la trasformación de los contratos de aquellos/as trabajadores/as con un periodo mínimo de permanencia en la empresa igual o superior a 36 meses de trabajo efectivo sin que a tales efectos se tengan en cuenta todos aquellos contratos anteriores a un periodo de interrupción de la contratación superior a 90 días.
Dichas incorporaciones a la plantilla fija se producirán siguiendo los siguientes criterios:
Antigüedad con una ponderación en la decisión de conversión a indefinido del 50%.
Estabilidad: Expectativa razonable y objetiva de continuidad del proyecto. Ponderación 25%.
Polivalencia y/o especialidad: valorándose trayectoria profesional, participación, dificultad del puesto y especialización. Ponderación 25%.

Para las próximas conversiones previstas para diciembre 2.009 /enero 2.010, os pedimos que aportéis la documentación necesaria para comprobar que cumplís los criterios de esta segunda fase y así poder verificar y exigir vuestro derecho a la conversión en base al Acuerdo firmado cuando la dirección presente sus datos.

Como en otros comunicados, los trabajadores que así lo quieran pueden emprender las demandas que estimen oportunas, independientemente de nuestras negociaciones, y nos brindamos y aconsejamos que nos consultéis para estudiar caso a caso que es lo más conveniente. En este sentido, volvemos a hacer hincapié en la afiliación como herramienta fundamental para la defensa de vuestros derechos.
Por último comentaros que este tipo de acuerdos se consiguen gracias al continuo trabajo que los representantes sindicales realizamos en los distintos Comités de Empresa y Secciones Sindicales de cada Delegación Autonómica, pero tenemos que ser conscientes y por tanto consecuentes que acuerdos de gran calado como éste no serían posibles sin la implicación directa de las centrales sindicales y concretamente, en esta empresa, de Comisiones Obreras. Este sindicato ha puesto a disposición una gran cantidad de medios materiales y humanos para que la negociación haya llegado a buen puerto y así evitar en la medida de lo posible, las demandas individuales anteriormente citadas

viernes 11 de septiembre de 2009

LISTADO DE INDEFINIDOS POR EL ACUERDO DE ESTABILIDAD

Se ha enviado la relación de trabajadores a los que se les transformara su contrato en indefinido con fecha de 1 de septiembre, resultado de las negociaciones del ORET con la Dirección para cerrar la aplicación del Acuerdo de Estabilidad durante el año 2008. En lo que queda de este año se realizaran las transformaciones en indefinidos correspondientes a la aplicación del acuerdo en el año 2009, de la que os iremos informando según vayamos disponiendo de datos concretos.
Para consultar el listado tenéis que acceder a las ’Carpetas Públicas’ a la carpeta "Anuncios Libres" de Microsoft Outlook y leer el mensaje que os ha enviado Angel Cocero Alonso (Presidente del O.R.E.T.) el día martes 08/09/2009 a las 15:06. El motivo de publicarlo de esta forma es para cumplir la Ley de Protección de Datos.
Si no se visualiza la Carpeta ’Carpetas Públicas’ de Outlook debéis activarla por el botón ’Lista de Carpetas’ que aparece en el cuadro de herramientas inferior de este apartado del Outlook.

martes 11 de agosto de 2009

NOVEDADES ACUERDO ESTABILIDAD LABORAL

Tras la última reunión celebrada en Junio del presente, se llega a un acuerdo con la Dirección de la empresa para el cierre del Acuerdo de Estabilidad en el empleo en Tragsatec para el año 2.008, ya que como os comentamos en anteriores comunicados aunque se superaron las conversiones indefinidas previstas, un porcentaje del total no se hicieron según los criterios fijados en el citado acuerdo.
Las discrepancias fundamentales que existían eran de interpretación entre la representación de los trabajadores y la Dirección de recursos humanos en lo relativo al cumplimiento del Real Decreto (Ley 43 de 2.006), en el que el cambio de puesto de trabajo venía condicionado por tres motivos para su consideración por parte de la Empresa:
- Cambio de categoría profesional.
- Cambio de Unidad Organizativa.
- Cambio Geográfico.
Tras varias reuniones en la que este proceso se ha demorado bastante por la falta de antecedentes claros legales del concepto de puesto de trabajo para interpretar el derecho de conversión a contratación indefinida y los recientes cambios en la presidencia y Dirección de Recursos Humanos, se ha llegado a una solución negociada a esta discrepancia en los siguientes términos:
- Se da por bueno el año 2.008 con las conversiones realizadas.
- La Dirección asume, tal y como la RT había solicitado, que los conceptos de cambio de Unidad Organizativa y Cambio Geográfico no se admiten para su consideración como cambio de puesto para el año 2.009.
- En el año 2.009 se harán indefinidos a los trabajadores que a fecha 31 de Diciembre de 2.008 cumplían la Ley 43/2006 con los criterios antes fijados.
- El total de trabajadores a los que se procederá a su conversión serán unos 90, según los datos que nos proporcionará la empresa y que contrastaremos con los datos que disponíamos como representación de los trabajadores en base a la documentación que habéis aportado. El plazo para esta conversión será a lo largo del mes de Septiembre de 2.009 según compromiso de la Dirección de la Empresa.

Por parte de esta representación social, hemos solicitado para el mes de septiembre un listado con las conversiones definitivas y una relación de los trabajadores que cumplen los requisitos de la Ley a fecha 30 de Junio del presente para volver a comprobar los datos de cara a las conversiones que se producirán en el mes de Diciembre para el año 2.009.

Para próximas conversiones seguiremos aportando documentación de los compañeros que cumplan la Ley, no obstante si aún así la empresa sigue sin cumplir con su compromiso, los trabajadores que así lo quieran pueden emprender las demandas que estimen oportunas, independientemente de nuestras negociaciones, y nos brindamos y aconsejamos que nos consultéis para estudiar caso a caso que es lo más conveniente.
Además seguimos recogiendo los datos de quienes consideran que cumplen el R.D. ante los datos incompletos que nos presenta la Dirección.


Como en otras ocasiones, os comunicamos la importancia fundamental de la afiliación para obtener mayor fuerza frente a estos abusos de la empresa y como medida de protección sindical en caso de que se inicien demandas u otro tipo de conflictos.

jueves 30 de julio de 2009

Acta Fondo Ayuda Social

Desde aquí puedes visualizar y bajarte
el funcionamiento del Fondo de Ayuda
Social, solo tienes que pinchar sobre él.

viernes 10 de julio de 2009

LAS VERDADES DEL CONFLICTO EX MINEROS DE BOLIDEN

I.- En 1998 se produjo el trágico suceso de la ruptura de la balsa en la mina de Aználcollar.
La Junta de Andalucía se quedó con la totalidad de activos de la mina valorados en miles de millones de pesetas, con la contrapartida y compromiso firmado de mantener en labores de restauración medioambiental a los ex mineros trabajando en Egmasa.

II.- En Noviembre de 2007 se firma un acuerdo con la Junta de Andalucía donde se recoge el compromiso de recolocación de los 73 ex mineros que quedan en empresas ( ya sean públicas o privadas) con carácter estable y con unas garantías salariales. Mientras no se encontraran estos puestos de trabajo ningún ex minero quedaría en situación de desempleo.

III.- En Diciembre de 2008 se produce el despido de forma unilateral por parte de la Junta de Andalucía de los 73 ex mineros, viéndose abocados a una situación de desempleo desde 1- Enero- 2009.

IV.- Después de múltiples movilizaciones y con 12 días en huelga de hambre de 5 ex mineros y en base a una convocatoria del Secretario General de CC.OO. de Andalucía, Francisco Carbonero, se produce una reunión específica con Manuel Chaves, Presidente de la Junta de Andalucía, el 27-Marzo-2009.

V.- En dicha reunión el Presidente de la Junta de Andalucía se comprometió con CC.OO.- Andalucía y con los ex mineros en lo siguiente: “ Recolocación de 22 puestos en Egmasa y otros 22 puestos en Cobre Las Cruces ( empresa privada) a fecha de 12-Mayo-2009 y el resto estarían recolocados a fecha de 30-Junio-2009.

VI.- En reunión mantenida con la Junta de Andalucía el pasado 17-Junio-2009 se nos hace la siguiente propuesta:
- 22 puestos en Egmasa
- 10 puestos en Tragsa
- 12 puestos a subcontratas de Cobre Las Cruces
- Poner en marcha las bajas incentivadas
- Poner en marcha las Incapacidades Permanentes
- Solicitar los coeficientes reductores a Seguridad Social
- Ampliar la fecha de compromiso de recolocación a 30-Septiembre-09.


VII.- Ante la no garantía de estabilidad en las empresas subcontratistas, CC.OO. y los ex mineros le proponemos:

- De acuerdo con sentarnos, fijar los criterios e incorporarnos de forma inmediata a: 22 puestos en Egmasa y 10 puestos en Tragsa; y en poner en marcha las 5 bajas incentivadas voluntarias y los 6 posibles casos de Invalidez Permanente.

- De acuerdo en trasladar la fecha de compromiso de recolocación final a 30-Septiembre-2009 y a solicitar los coeficientes reductores.

- Para el resto de trabajadores a recolocar y con la fecha de 30-Septiembre-09 habría que insistir en Cobre Las Cruces, mina a cielo abierto en Sevilla.

Para todo ello solicitamos una reunión donde acometamos estas cuestiones de forma negociada.

VIII.- Esta última propuesta no ha tenido contestación por parte de la Junta de Andalucía realizando declaraciones a los medios de comunicación que no obedecen a la realidad.

IX.- A día de hoy los trabajadores se encuentran encerrados en la Catedral, con 25 de ellos en huelga de hambre desde el 25-Junio-09 esperando una contestación por parte de la Junta de Andalucía.

Esto es esquemáticamente la situación actual del conflicto de los ex mineros de Boliden, en lo que consideramos un incumplimiento tanto ante los trabajadores como ante las propias CC.OO.

Os solicitamos vuestra solidaridad, vuestra ayuda para divulgar el conflicto de forma veraz y vuestro apoyo.

Para ello tenéis anexo un texto de Manifiesto en apoyo de los ex mineros de Boliden para que sea firmado por los distintos Comités de Empresa y Secciones Sindicales de todas las empresas y hemos abierto un nº de cuenta 2103- 0722- 82- 0030022838 para recepción de cualquier ayuda económica que pudierais aportar.

Agradeciendo de antemano vuestro apoyo y ayuda, un saludo.

Sindicato Provincial de Industria de CCOO de Sevilla

lunes 1 de junio de 2009

SENTENCIA FAVORABLE A NUESTRA COMPAÑERA ESTRELLA MONTILLA LOZANO DE FECHA 8 DE MAYO DE 2.009.

En el pasado mes de Mayo se celebró el juicio de nuestra compañera Estrella Montilla Lozano contra Tragsatec en el juzgado de lo social nº 8 de Sevilla. Esta compañera, finalizó su contrato a fecha 31 de Diciembre de 2.008 e inició un proceso de demanda contra la empresa por considerar su despido improcedente. El fallo de la sentencia ha sido favorable a nuestra compañera y condena a Tragsatec, a elección de la trabajadora, bien readmitirla en su puesto de trabajo con las mismas condiciones que tenía antes del despido o bien a una indemnización y el pago de los salarios dejados de percibir desde el día del despido hasta la notificación de dicha sentencia en el modo y forma previstos por la Ley.

La sentencia ha sido estimada en base a que se ha probado un Fraude de Ley en la temporalidad de la contratación por las siguientes razones:

- Designación del proyecto inconcreta e indeterminada Los contratos realizados por Tragsatec revelan que la designación del servicio objeto del contrato es genérica e indeterminada, describiendo actividades que pudieran formar parte de cualquier encomienda de la administración publica, no aludiendo ni a programa o proyecto determinado que permita comprobar la temporalidad que se pactaba.

- La no finalización de la obra. La obra o servicio objeto del contrato no había finalizado tal y como indica la empresa y por tanto no deja de prestarse el servicio. En este sentido, dentro de la sentencia se especifica claramente que en los dos contratos se estaba dedicando a las mismas labores lo cual conllevaría una presunción de carácter indefinido del contrato firmado.

- Haber prestado servicios en obras distintas de las contratadas. Esta es la cuestión más relevante, queda total constancia y así se ha demostrado que nuestra compañera ha trabajado en obras distintas de aquellas que se dice que ha sido contratada, este requisito no puede darse en un contrato por obras y servicios determinado por lo que de nuevo conllevaría la conversión a indefinida.

Ya que no se puede justificar por parte de Tragsatec la extinción de la relación laboral, el despido se ha considerado improcedente pero al ser nuestra compañera Delegada sindical mantiene las mismas condiciones que un despido nulo, por lo que se incorpora en plantilla como indefinida y con su anterior condición de Delegada sindical. Este logro es importante por dos razones fundamentales, primero se ha demostrado que la empresa contrata en fraude de Ley a muchos compañeros y que sigue siendo su práctica habitual como hemos manifestado en otros comunicados y segundo esta sentencia sienta un precedente fundamental para la revisión de los futuros despidos en Tragsatec y la actitud que deben de tomar tanto los compañeros que se les comunica su cese en la empresa como los que actualmente están en estas condiciones. Por tanto os animamos a que comprobéis si vuestra situación laboral es legal y si no es el caso, iniciéis las demandas correspondientes. Desde esta sección sindical y desde la Federación de Comfia CCOO nos ponemos a vuestra disposición tanto para las consultas al respecto como para informaros de los procedimientos de demanda en el gabinete jurídico de comfia.

Como en otras ocasiones, os comunicamos la importancia fundamental de la afiliación para obtener mayor fuerza frente a estos abusos de la empresa y como medida de protección sindical en caso de que se inicien demandas u otro tipo de conflictos.