miércoles, 3 de diciembre de 2008

Respuesta a muchas de las dudas laboralesPreguntas más frecuentes - FAQ

Dentro de los distintos espacios web que ofrece el sindicato, hay que algunos que por su especial interés requieren una atención especial. Es el caso del espacio que aquí os presentamos por su indudable utilidad para resolver muchas de las dudas laborales que en alguna ocasión nos hemos planteado o que nos pueden aclarar cuestiones particulares. Se trata de una herramienta básica como primera opción para respuesta a dichas cuestiones, pero que atienden a aspectos generales sobre los temas tratados, por lo que para atender a temas concretos debes ponerte en contacto con tu representación sindical o directamente con el sindicato. http://www.comfia.net/faq/pagweb/1276.html PREGUNTAS FRECUENTES: :: Salud Laboral :: Negociación y Convenio:: Mujer e Igualdad de Oportunidades :: Jornada, permisos, vacaciones :: Formación :: Mobbing :: Salario :: Empleo y Paro EL FINIQUITO: REGLAS DE CÁLCULO Y CONSEJOS PRÁCTICOS La firma del finiquito es práctica muy habitual a la extinción de los contratos de trabajo, puesto que significa un eficaz medio de prueba, pero no es obligatoria para ninguna de las partes.
EJEMPLO SOBRE UNA DE LAS CONSULTAS QUE SE PLANTEAN: EL FINIQUITO
El finiquito es el documento que recibe el trabajador al finalizar la relación laboral ( cualquiera que sea su motivo) y mediante el cual se saldan las diferencias salariales entre el trabajador y la empresa.Mediante el finiquito el trabajador se obliga a no pedir ni reclamar posteriormente al empresario.La firma del finiquito es habitual en la extinción de los contratos de trabajo, pero no es obligatorio para ninguna de las partes. Si el trabajador no está de acuerdo, no tiene obligación alguna de firmar el finiquito, aunque no percibirá las cantidades establecidas. Caso de firmarse el finiquito, éste tendrá una gran importancia como documento probatorio, ya que demostraría el fin de las obligaciones del empresario con el trabajador. El trabajador, en el momento de la firma del finiquito, tiene derecho a requerir la presencia de un miembro del Comité de empresa o Delegado de personal, estando obligado el empresario a permitir la presencia del representante. En el documento se hará constar tal circunstancia, y si el empresario impidiese la presencia del representante, el trabajador puede hacerlo constar, igualmente, en el propio recibo. También si el trabajador no está conforme con la cantidad establecida en el finiquito, puede firmarlo con el añadido "Recibido, no conforme" que le faculta a posteriores reclamaciones Dada la importancia del finiquito debe existir plena constancia y conciencia de lo que se firma, para no tener sorpresas inesperadas a posteriori. Por lo tanto es muy importante firmar únicamente el finiquito en el supuesto de estar completamente seguro y conforme con lo que se firma, desconfiando de las promesas de pago futuras, es decir, aquellas en las que la empresa prometa abonar una cantidad de dinero con posterioridad a la firma del finiquito.